{"id":33993,"date":"2024-06-17T07:59:26","date_gmt":"2024-06-17T12:59:26","guid":{"rendered":"https:\/\/noticiasveracruz.com\/?p=33993"},"modified":"2024-06-17T07:59:26","modified_gmt":"2024-06-17T12:59:26","slug":"el-poder-judicial-institucion-constitucional-sui-generis","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticiasveracruz.com\/index.php\/2024\/06\/17\/el-poder-judicial-institucion-constitucional-sui-generis\/","title":{"rendered":"EL PODER JUDICIAL\u2026 INSTITUCI\u00d3N CONSTITUCIONAL SUI G\u00c9NERIS."},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>Por. Carlos O. Silva Bandala.<\/strong><\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>\u201cSin la virtud de la justicia, qu\u00e9 son los reinos sino unos execrables latrocinios\u201d. San Agust\u00edn siglo V d. C.<\/strong><\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">En la \u00a0 Constituci\u00f3n de 1857 se estableci\u00f3 la elecci\u00f3n popular como procedimiento para los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n. Actualmente los Ministros los nombra el Presidente de la Rep\u00fablica y sometidos a la aprobaci\u00f3n de la C\u00e1mara de Senadores. Duran en su encargo 15 a\u00f1os. La constituyen once personalidades. En la actualidad y bajo la idea de Divisi\u00f3n de Poderes, lo relacionado con la forma de nombrar a los integrantes encargados de llevar a la pr\u00e1ctica la justicia, sigue siendo un tema pol\u00e9mico en constante reflexi\u00f3n y discusi\u00f3n; de ah\u00ed la propuesta, por segunda vez, de Reforma Constitucional enviada al Congreso de la Uni\u00f3n, por el Presidente AMLO.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">El Presidente de la Rep\u00fablica es electo por votaci\u00f3n popular cada seis a\u00f1os y no es sujeto de reelecci\u00f3n. Los integrantes del Congreso de la Uni\u00f3n: Senadores y Diputados, son electos tambi\u00e9n por la v\u00eda popular. Tanto en la elecci\u00f3n para Presidente de M\u00e9xico como de la Senadores y Diputados, los candidatos son propuestos por los Partidos pol\u00edticos. En teor\u00eda, la cl\u00e1sica divisi\u00f3n de poderes en Ejecutivo, Legislativo y Judicial tiene la funci\u00f3n de equilibrar y ponderar el uso y ejercicio de poder. Por Mandato Constitucional y naturaleza socio jur\u00eddica, el Poder Judicial tiene la misi\u00f3n de garantizar que se cumpla lo que establece el orden jur\u00eddico y de que las conductas cotidianas de gobernantes y gobernados respeten los derechos fundamentales de las personas. La historia de m\u00e1s de dos siglos del M\u00e9xico independiente ha mostrado que generalmente el Poder Judicial no ha sido del todo cierto a su misi\u00f3n jur\u00eddica y social, al convertirse parte sustancial del grupo en el poder pol\u00edtico gobernante, por lo que su imparcialidad e independencia ha sido de alguna forma aparente. Por d\u00e9cadas, por muchos sexenios presidenciales de muchas y diversas maneras el Ejecutivo Federal \u201csometi\u00f3\u201d a los poderes Legislativo y Judicial con el prop\u00f3sito de legitimar y conservar el poder. Figuras constitucionales como Revocaci\u00f3n del Mandato y MAYOR\u00cdA CALIFICADA (dos terceras partes) de la C\u00e1mara de Diputados, as\u00ed como la litis presente entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial (SCJN), son realidades de c\u00f3mo en nuestro pa\u00eds se transita dentro de una democracia m\u00e1s autentica de divisi\u00f3n de poderes, que obliga a perfeccionarla y adecuarla dentro del r\u00e9gimen republicano que nos representa, en particular a la designaci\u00f3n de los Ministros de la Corte, ya que el pueblo no tiene ese poder soberano para elegirlos (designarlos) \u00bfRealmente est\u00e1 el Pueblo de M\u00e9xico (98 millones INE) preparado, informado, sabe a lo que va a las Urnas Electorales para elegir a los nuevos integrantes de todo el Poder Judicial<strong>? No es una elecci\u00f3n para Presidente de la Rep\u00fablica y\/o Diputados y Senadores, donde los liderazgos y la popularidad han privilegiado esas candidaturas. El Poder Judicial lo constituyen un entramado de profesionales del Derecho, ajenos a la popularidad. Son el prestigio, la honra y la capacidad profesional sus fortalezas curriculares. Es un Poder Constitucional sui g\u00e9neris. Ese es el kit.<\/strong><\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">Previo a las elecciones del 02 de junio, se analiz\u00f3 la conveniencia de mejorar la democracia electoral en el caso de la Presidencia de la Rep\u00fablica y de la C\u00e1mara de Diputados y Senadores, en t\u00e9rminos cualitativos en relaci\u00f3n con la experiencia y capacidad al m\u00e9rito. De manera concreta, el caso de los integrantes de SCJN, a\u00fan a sabiendas que no son electos por el pueblo, sus caracter\u00edsticas curriculares destacan por su alta capacidad como jurisconsultos, conocedores de las leyes en mayor medida y a profundidad la Constituci\u00f3n. En esa parte es un Poder Judicial de la m\u00e1s alta y calificada calidad profesional. Lo que no ha sido en lo general en los otros Poderes: Ejecutivo y Legislativo. En 1858 a 1872 Benito Ju\u00e1rez fue Presidente de M\u00e9xico, (primera vez). Previamente hab\u00eda sido Ministro de Justicia e Instrucci\u00f3n P\u00fablica. De 1857 \u2013 1858 fue Presidente de la Suprema Corte de la Justicia de la Naci\u00f3n. A m\u00e1s de 160 a\u00f1os a la fecha, es solo un ejemplo de c\u00f3mo la calidad de los candidatos puede ser uno de los factores m\u00e1s importantes para ser un buen, regular o mal Presidente de M\u00e9xico, que lo mismo en el Congreso de la Uni\u00f3n. No est\u00e1 a discusi\u00f3n la capacidad profesional e intelectual de los actuales Ministros de SCJN, sino su raz\u00f3n de ser, que no es producto del Poder Supremo que radica en la mayor\u00eda del pueblo de M\u00e9xico. Est\u00e1 a discusi\u00f3n lo desproporcionado de sus ingresos salariales. Est\u00e1 a discusi\u00f3n la parcialidad subterfugio partidista en temas centrales para un proyecto de Naci\u00f3n Presidencial, donde en la SCJN no queda del todo claro que tan independiente es en el peso y contrapeso en los Poderes de la Naci\u00f3n. De ah\u00ed la importancia de ser electos por voto popular al margen de los Partidos pol\u00edticos y de la influencia del Presidente de la Rep\u00fablica en turno.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">LA LEGITIMIDAD DE ORIGEN. \u2013 Si el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo (conformado por legisladores representantes de los Partidos pol\u00edticos) van a conformar las listas de Candidatos a la elecci\u00f3n para los integrantes del Poder Judicial, la independencia y autonom\u00eda ser\u00e1 aparente. La legitimidad de origen debe estar a salvo de influencias e injerencias de Partidos pol\u00edticos y de los otros dos Poderes de la Naci\u00f3n\u2026 <strong>Francisco Zarco, constituyente de 1856 \u2013 1857 mencion\u00f3 en el Congreso Constituyente \u201cno hay que temer que, aprobado el art\u00edculo, la Corte sea invadida por leguleyos y charlatanes y queden excluidos los jurisconsultos. No, el pueblo elegir\u00e1 entre los abogados m\u00e1s dignos y honrados, entre los hombres \u00edntegros, que son la gloria de nuestro foro por su rectitud y su fama inmaculada.<\/strong> No hay que desconfiar del pueblo\u201d. El punto es la legitimidad de origen de quienes conformen las listas de candidatos a Ministros, Magistrados y Jueces, seg\u00fan la iniciativa Presidencial, mediando el escrutinio escrupuloso, como lo expres\u00f3 hace 166 a\u00f1os el Constituyente Francisco Zarco, solo los abogados m\u00e1s dignos y m\u00e1s honrados.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">No es tan sencillo llevar a cabo la selecci\u00f3n de los candidatos al caso. Si verdaderamente ha de proponerse que la Reforma mencionada \u201ctermine\u201d con LAS RECOMENDACIONES, IMPOSICIONES Y CORRUPCI\u00d3N, que seg\u00fan el Presidente AMLO existe en el Poder Judicial, la metodolog\u00eda para alcanzar el m\u00e9rito de candidato, se reitera, deber\u00e1 corresponder a un trabajo pulcro y profesional, libre de otros Poderes.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">LA INICIATIVA DEL PRESIDENTE VA PORQUE VA. \u2013 Es su historia y es su tiempo. Y solo a \u00e9l en este caso le aplica interactuar en dos Congresos diferentes. S\u00ed bien el mes de septiembre debiera ser de acomodos y reacomodos de las fracciones partidistas en el Congreso, y, llevar la fiesta en paz para esperar el 01 de octubre donde el Pleno del Congreso de la Uni\u00f3n presencie fehacientemente la investidura Presidencial a Claudia Sheinbaum, dicho mes quedar\u00e1 para la historia como uno de los m\u00e1s pol\u00e9micos del fin del sexenio L\u00f3pezobradorista. No es cosa menor reformar de fondo un Poder Constitucional, como el Judicial. Seg\u00fan el INEGI hay 910 personas MAGISTRADOS y 737 JUECES actualmente en M\u00e9xico. Es un entramado de la funci\u00f3n p\u00fablica enorme. ES COSA MAYOR, COMPLICADA Y DIF\u00cdCIL, que corresponder\u00e1 en el ejercicio de la nueva Presidenta de M\u00e9xico, dar cumplimiento al Mandato Constitucional que enmarque la Reforma Judicial. \u00a1\u00a1\u00a1 QUE HERENCIA!!!<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">La consulta y di\u00e1logos que habr\u00e1n de llevarse a cabo por MORENA y otras instancias p\u00fablicas y privadas, nos induce a preguntarnos \u00bfPor qu\u00e9 si para el caso de la aprobaci\u00f3n de la Iniciativa Presidencial AMLO, los Partidos pol\u00edticos MORENA\/PT\/PVEM son mayor\u00eda calificada en la C\u00e1mara de Diputados para aprobarse? Porque para el Presidente es un asunto en que las circunstancias le dan la oportunidad de su \u00faltimo coletazo de poder, ya que no desea o no le conviene verse como mandam\u00e1s (que tiene demasiada autoridad).<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 14pt;\">Quisiera escribir lo contrario, sin embargo, \u00bfQui\u00e9n puede asegurar que las manifestaciones callejeras multitudinarias no volver\u00e1n a verse nuevamente? La Reforma al Poder Judicial de la Federaci\u00f3n no es matar moscas a sombrerazos. No es un Tigre al que le jalan la cola, es una manada de leones embravecidos por amenaza de muerte laboral en la funci\u00f3n p\u00fablica de m\u00e1s o menos 1700 Licenciados en Derecho, con Maestr\u00edas y Doctorados, que ahora para continuar en el Poder Judicial tendr\u00e1n que ser electos por voto popular. Los riesgos son imprevisibles por inconformidades en el desempe\u00f1o de su labor profesional y p\u00fablica, que habr\u00e1n de tener muy presente en el nuevo Gobierno Federal. Sumado a esto, la MAREA ROSA tendr\u00e1 la excusa para regresar a las calles y quiz\u00e1, quiz\u00e1 asesorada por Abogados. Los Partidos pol\u00edticos y sus dirigentes opositores al R\u00e9gimen, se ver\u00e1n muy menores si toman la batuta Rosa los liderazgos de Licenciados en Derecho, los m\u00e1s duchos en pol\u00edtica- pol\u00edtica, que nada lejano ser\u00e1, estar al frente de estas grandes manifestaciones opositoras. \u00a1\u00a1\u00a1QUE HERENCIA!!!<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por. Carlos O. Silva Bandala. \u201cSin la virtud de la justicia, qu\u00e9 son los reinos sino unos execrables latrocinios\u201d. 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