TEPJF anula consulta para elegir gobernantes por usos y costumbres en Bolaños, Jalisco
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió este miércoles anular la consulta realizada en Bolaños meses atrás y que a su vez avaló que el municipio se convirtiera en el primero en Jalisco en cambiar su régimen electoral de partidos políticos al de usos y costumbres. Los magistrados ordenaron reponer la consulta.
“No hubo certeza en los resultados de la consulta hecha a las comunidades indígenas del municipio de Bolaños, Jalisco, pues no se llevó a cabo conforme a lo establecido en los lineamientos. Además existe una presunción de coacción al voto por parte de las autoridades tradicionales”, dice el resolutivo de la Sala Superior del TEPJF al expediente SUP-REC-612/2025.
Bolaños, ubicado en el noroeste de Jalisco, es un municipio donde los wixaritari son población mayoritaria sobre los mestizos, por lo cual la comunidad indígena decidió en 2020 ejercer su derecho constitucional e iniciar un complejo camino legal para transitar hacia un sistema normativo interno basado en usos y costumbres, sin la participación de partidos políticos.
Después de diversas trabas legales y consultas, finalmente el año pasado les dieron la razón y el Congreso del Estado, este año, emitió un dictamen para organizar las elecciones de 2027 bajo el nuevo régimen, pero eso desató una serie de protestas de la población mestiza en Bolaños alentada por los partidos políticos, quienes además de impugnar ante el TEPJF cerraron carreteras, derribaron el monumento de un venado que es símbolo wixárika y prohibieron el paso de los wixaritari por la cabecera municipal.
La resolución de la Sala Superior revoca la sentencia de la Sala Guadalajara del mismo TEPJF, confirma la nulidad de la consulta y ordena al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPCJ) realizar una nueva consulta “en los términos que acuerde con las autoridades municipales y tradicionales de Bolaños”.
Según lo resuelto, lo solicitado por los wixaritari fue procedente porque se vincula con la posibilidad de que un municipio pueda modificar su régimen mediante el cual se elige a sus autoridades municipales, pero “fue indebido que se exigiera al actor presentar los medios de convicción para evidenciar las irregularidades en la consulta, puesto que corresponde al (IEPCJ) contar con los elementos de prueba para demostrar las condiciones en las que se llevó a cabo la consulta en las distintas comunidades”.
“Las asambleas no cumplieron con el requisito establecido en los lineamientos, relativo a que estas serían videograbadas para constatar que se llevaron a cabo sin incidencias, ya sea en el registro de asistentes, la integración de las mesas de debate o en las preguntas para llevar a cabo la consulta”.
También señala que la presencia y participación de autoridades indígenas “genera una presunción de coacción en la decisión de la ciudadanía debido a la votación atípica que se suscitó, pues en diversas comunidades no se presentó ni un solo voto en favor de la opción de sistema de partidos políticos”.
En una primera reacción a la decisión judicial, las comunidades wixaritari de Tutsipa Kurumi Manuwe y Wauta señalaron estar tranquilas y en paz con el resolutivo.
“Aquí nadie fue obligado, decidieron con la mente y el corazón. Se invita a los magistrados a visitar nuestra comunidad y que sean testigos de ello y no solo decidan desde el escritorio. El resultado es el esperado y la próxima consulta será mucho mejor”, difundieron los pueblos wixaritari asentados en Bolaños.

