ESTADOS

Winckler interpone queja, alega incomunicación con sus abogados

 

CIUDAD DE MÉXICO. El ex titular de la Fiscalía General del Estado de Veracruz, Jorge Winckler Ortiz, preso en el penal del Altiplano, se quejó de que autoridades no le permiten tener comunicación con sus abogados.

Recordemos que el ex fiscal veracruzano fue vinculado a proceso por los delitos de desaparición forzada y privación ilegal de la libertad.

Jorge Winckler Ortiz promovió un nuevo juicio de amparo en el que reclama incomunicación de familiares y abogados, lo que atenta para su adecuada defensa.

 

Hasta el día de hoy, no he podido tener acceso a hablar con mis abogados, ni de forma telefónica, siendo que ellos viven fuera de aquí, no me pueden entrevistar ni comentar de mi proceso, no tengo recursos para que viajen, al no tener trabajo remunerado, esto es incomunicación; pues solo dejan aquí hacer una llamada cada 8 días por 10 minutos, lo cual es inhumano. Ruego me permitan hablar con mis abogados. Gracias”.

 

EL PROCESO

Jorge Winckler es investigado como parte del proceso penal 296/2019, luego de que Francisco Zárate Aviña, jefe de escoltas de Luis Ángel Bravo Contreras, fiscal general en el gobierno del ex priísta Javier Duarte de Ochoa (2010-2016), lo denunció ante autoridades federales por secuestro.

Fue destituido del cargo de fiscal de Veracruz en septiembre de 2019, y detenido el 25 de julio en Puerto Escondido, Oaxaca, por elementos del Ejército, del Centro Nacional de Inteligencia y de la Coordinación Nacional Antisecuestro, días después de que un tribunal le negó un amparo para ser reinstalado.

Winckler Ortiz presentó la demanda de garantías el pasado 24 de agosto contra actos del Titular del Poder Ejecutivo del País y otras autoridades. Entre los actos que reclama so violaciones a los artículos 70 y 71 capítulo XI, 87, 89, 91, 92 y 94 del Reglamento de los Centros Federales, relacionados con la visita, entre otros, de familiares y abogados, visita conyugal durante el tiempo que permanezca privado de la libertad.

Sin embargo, el impartidor de justicia no le concedió la medida cautelar, ya que le dio un plazo de cinco días hábiles para que precisara la demanda a efecto de analizar las normas que pretende combatir, lo cual no realizó, por lo que declaró por no presentada el recurso de amparo promovido.

 

Visto el estado procesal que guarda el presente juicio de amparo, así como la certificación de cuenta, de lo que se advierte que el término otorgado a Jorge Winckler Ortiz, para que desahogara la prevención realizada por este órgano jurisdiccional el veinticinco de agosto de dos mil veintidós, ha transcurrido. En consecuencia, se hace efectivo el apercibimiento con el cual fue conminado y con apoyo en lo dispuesto en el penúltimo párrafo del precepto 114 de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se tiene por no presentada la demanda de amparo promovida por Jorge Winckler Ortiz”, señala el resolutivo.

 

Al respecto, Jorge Winckler Ortiz impugnó el fallo del juez a través de un recurso de queja para que el caso se turne a un tribunal colegiado quien determinará si confirma, modifica o revoca el resolutivo de primera instancia.