Tribunal Colegiado anula vinculación a proceso de Rogelio Franco Castán por el delito de retención de menores
-POR ENÉSIMA OCASION LA JUSTICIA FEDERAL LO AMPARA Y PROTEJE
-JUEZ DE CONTROL RENE ORTIZ SARTORIUS HA CONVOCADO PARA EL DÍA 6 DE DICIEMBRE A AUDIENCIA EN DONDE DEBERÁ ANULAR LA VINCULACIÓN A PROCESO POR EL DELITO DE RETENCIÓN DE MENORES Y DICTAR UNA NUEVA RESOLUCIÓN
De nueva cuenta el Poder Judicial Federal corrige y exhibe la actuación parcial de jueces de control.
Un Tribunal Colegiado ha amparado a Rogelio Franco Castán contra la vinculación a proceso por el delito de retención de menores, calificándola como inconstitucional al ser contrario a los principios de legalidad y seguridad jurídica, toda vez que el juez de control Rene Ortiz Sartorius, al dictar dicho auto, fue OMISO en valorar todos elementos o datos de prueba que se hicieron de su conocimiento por las partes del proceso penal, así como de fundar y motivar sus determinaciones, aspectos que resultan de vital trascendencia para desvirtuar el hecho delictivo o la probable participación de Franco Castan.
Bajo este argumento y por disposición del Juez Federal XVIII, el Juez de control Rene Ortiz Sartorius deberá celebrar nueva audiencia en la que atienda las siguientes directrices contenidas en la sentencia amparadora:
1.- Déjese sin efectos el auto de vinculación a proceso.
2.- Emitir nueva resolución en la que esta obligado a valorar dictámenes periciales en materia de psicología
3.- Se abstenga de considerar que el expediente civil narrado por la defensa no puede ser considerado dentro del proceso penal.
4.- Responda de manera fundada el planteamiento de que la ofendida en 13 meses no acudió a buscar a la menor a un domicilio de su copropiedad.
5.-Hecho lo anterior, deberá resolver lo que en Derecho corresponda, tomando en consideración que sus determinaciones deben ser a la luz del principio de Interés Superior de la Menor, por lo que debe juzgar con perspectiva de infancia.
Con ello queda de manifiesto que, en su momento, Rogelio lo que hizo fue proteger a su menor hija, por lo que el juez deberá considerar que Franco Castán no tenía ninguna restricción de convivencia con la menor.
Esto confirma que desde el antes del inicio de esté proceso, no existen elementos que permitan acreditar el delito de retención de menores, por lo que de dictar el juez Ortiz Sartorius un nuevo auto de vinculación a proceso, demostraría no sólo el abuso de poder, sino también la consigna de jueces y fiscales de fabricar delitios para continuar impidiendo su libertad absoluta, y lo más grave: negarle a su hija la comunicación con su padre.
Recordemos que Rogelio Franco Castán estuvo en prision 29 meses, sujeto a 5 procesos penales y actualmente tiene libertad por 9 delitos, siendo el proceso de retención de menor por el cual permanece bajo resguardo domiciliario.